Precio, batería y autonomía
vistos a la vez, no uno a uno.
Un scatter interactivo para cruzar cualquier par de variables de la mayoría de eléctricos a la venta en España — potencia, batería, autonomía WLTP y precio — y ver de un vistazo qué modelos ofrecen mejor relación entre ellas.
Elige qué dos variables enfrentar.
Por defecto se compara la batería (kWh) frente al precio (€), coloreado por modelo. Cambia los ejes para explorar otras relaciones, como potencia frente a autonomía o precio frente a autonomía.
Los modelos, columna a columna — y editables.
Mismos datos que alimentan el gráfico anterior, en formato de tabla. Edita cualquier valor o añade tus propios modelos: el scatter y las estadísticas se actualizan al instante.
Datos de partida.
Valores orientativos de versión base por modelo (potencia, batería neta, autonomía WLTP, precio aproximado al contado y garantía del fabricante sobre la batería), con enlace a la fuente consultada para cada uno. Haz clic en cualquier celda para corregirla o añade filas nuevas — los cambios solo viven en esta sesión, no se guardan al recargar. Haz clic en el encabezado de una columna para ordenar por ese campo.
| Marca | Modelo | Segmento | Potencia (kW) | Potencia (CV) | Batería neta (kWh) | Autonomía WLTP (km) | Precio aprox. (€) | €/km autonomía | Garantía batería | Fuente |
|---|
Ayudas a la compra de vehículo eléctrico, explicadas.
El Programa Auto+ subvenciona la compra de coches, furgonetas, motos y cuadriciclos eléctricos o electrificados con etiqueta CERO, y además existe una deducción aparte en el IRPF gestionada por Hacienda. Aquí tienes qué cubre cada una, cuánto puedes recibir, cómo se piden y qué letra pequeña puede dejarte sin la ayuda — con enlaces directos a las fuentes oficiales.
Programa Auto+: la ayuda estatal vigente en 2026.
Sustituye a los antiguos planes MOVES. Está gestionado directamente por el Ministerio de Industria y Turismo y estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2030, con una convocatoria de presupuesto distinta cada año. Esto no es asesoramiento legal ni financiero: antes de comprar o solicitar, confirma los datos en las fuentes oficiales enlazadas al final.
Quién puede pedirla y con qué coche
- Línea 1 (particulares): personas físicas mayores de edad, con residencia legal en España, que no ejerzan actividad económica. Máximo un vehículo subvencionado por beneficiario.
- Línea 2 (autónomos y empresas): empresas de cualquier tamaño y personas físicas con actividad económica. Máximo 10 vehículos por empresa o 3 por autónomo/persona física. Quedan excluidos como beneficiarios los concesionarios y puntos de venta de vehículos.
- Vehículos elegibles: turismos (M1), furgonetas o camiones ligeros (N1), motocicletas (L3e/L4e/L5e) y cuadriciclos (L6e/L7e), siempre que tengan la etiqueta CERO de la DGT: eléctrico puro (BEV o pila de combustible FCEV) o electrificado (híbrido enchufable PHEV o de autonomía extendida EREV).
- Nuevo o seminuevo: vale un vehículo nuevo matriculado a tu nombre, o uno seminuevo comprado en un concesionario del propio fabricante cuya primera matriculación tenga menos de 12 meses respecto a la fecha de factura.
Cuánto puedes recibir
Los importes de la tabla son máximos. La ayuda real se calcula acumulando tres criterios como porcentaje de ese máximo, así que rara vez se cobra el importe completo.
| Tipo de vehículo | Línea 1 | Línea 2 · autónomos / microempresa | Línea 2 · otras empresas |
|---|---|---|---|
| Turismos (M1) | 4.500 € | 6.000 € | 4.500 € |
| Furgonetas (N1) | 5.000 € | 7.500 € | 5.000 € |
| Motos (L3e/L4e/L5e) | 1.100 € | 1.100 € | 1.100 € |
| Cuadriciclos (L6e/L7e) | 1.500 € | 1.500 € | 1.500 € |
- Criterio eléctrico: 50% del máximo para eléctricos puros (BEV/FCEV), 25% para electrificados (PHEV/EREV).
- Criterio económico: 25% si el precio en factura no supera 35.000 € (turismos) o el límite equivalente de su categoría; 15% si está entre ese umbral y el precio máximo admitido. Límite de precio: 45.000 € para turismos M1 (sin límite en Línea 2 para versiones de 8-9 plazas) y 10.000 € para motos.
- Criterio europeo: +15% si el vehículo se monta y termina en una fábrica de la UE; +10% adicional si además la batería cumple los requisitos de origen UE fijados en las bases.
Los vehículos PHEV/EREV no pueden financiarse con cargo al Fondo Social para el Clima: esa vía queda reservada a eléctricos puros (BEV/FCEV) de autónomos y microempresas.
Cómo funciona la solicitud
- 100% telemática: se tramita a través del Sistema Telemático de Gestión (STG) en la Sede Electrónica del Ministerio. No se admite papel, disquete, CD ni ningún otro soporte.
- Necesitas: certificado electrónico en vigor, la herramienta AutoFirma instalada y, preferiblemente, Google Chrome o Microsoft Edge actualizados.
- Documentación mínima: ficha técnica (ITV) definitiva, permiso de circulación definitivo, certificado bancario, factura de compra (o contrato de renting/leasing) y los justificantes que acrediten el pago completo del vehículo — todo en PDF, máximo 10 MB por archivo.
- Convocatoria 2026 (Línea 1): del 4 de agosto de 2026 (10:00h) al 31 de diciembre de 2026 (14:00h), con una dotación de 350 millones de euros. Tiene efecto retroactivo: cubre compras realizadas desde el 1 de enero de 2026.
- En factura: debe figurar un descuento de al menos 1.000 € vinculado al Programa (idealmente citando "Descuento Programa Auto+"), aunque una disposición transitoria exime de este requisito a los vehículos comprados antes de la apertura del plazo en la convocatoria de 2026.
Deducción en el IRPF por comprar el vehículo
Además de la ayuda directa del Programa Auto+, existe una deducción fiscal en la declaración de la Renta por comprar un eléctrico, gestionada por la Agencia Tributaria y regulada aparte (disposición adicional 58ª de la Ley del IRPF). Es compatible con Auto+, pero no se calcula sobre el mismo dinero.
- Cuánto puedes desgravar: el 15% del valor de adquisición del vehículo (precio más gastos e impuestos: IVA, impuesto de matriculación, etc.), con una base máxima de 20.000 € — hasta 3.000 € de deducción en tu Renta.
- Vehículos y precio: turismos M1, motocicletas L3e/L4e/L5e o cuadriciclos L6e/L7e (no incluye furgonetas N1) matriculados por primera vez en España antes del 31 de diciembre de 2026, con un precio de venta dentro de los mismos límites que usa el Programa Auto+ (45.000 € en turismos, 10.000 € en motos) y que sean modelos subvencionables según esa misma normativa.
- Solo uso particular: el vehículo no puede estar afecto a una actividad económica. Si lo afectas más adelante, pierdes la deducción ya practicada.
- Dos formas de aplicarla: comprando el vehículo completo entre el 30 de junio de 2023 y el 31 de diciembre de 2026 (se desgrava en el ejercicio en que lo matriculas), o entregando una señal de al menos el 25% del precio en ese mismo plazo (se desgrava en el ejercicio del pago, con plazo hasta el segundo ejercicio siguiente para completar la compra).
- Un único vehículo por contribuyente, y siempre para uso propio.
Riesgos y letra pequeña
Antes de contar con el dinero, ten en cuenta lo siguiente — está sacado directamente de las bases y de las preguntas frecuentes oficiales del programa:
No es un derecho garantizado
Las ayudas se conceden por orden de presentación de solicitudes válidas hasta agotar el presupuesto de la convocatoria, y quedan condicionadas a que exista crédito presupuestario suficiente en el momento de resolver.
Lista de espera sin garantías
Una vez agotado el presupuesto, puedes seguir presentando solicitud, pero entra en una lista de espera por orden de llegada. Estar en esa lista no genera ningún derecho a cobrar.
Documentación provisional no cobra
Puedes solicitar con ficha técnica o permiso de circulación provisionales, pero la ayuda no se abona hasta aportar los documentos definitivos.
No todos los errores se subsanan
Un justificante incompleto se puede corregir. Pero un vehículo sin etiqueta CERO, una factura anterior a la fecha permitida o un pago en efectivo de 1.000 € o más excluyen la solicitud sin posibilidad de arreglo.
La permuta no cuenta como pago
Si entregas tu coche antiguo como parte del pago, ese importe no es justificable: solo cuenta el dinero que realmente pagaste con otros medios.
Compatibilidad limitada
Es compatible con otras ayudas no procedentes de fondos de la UE, siempre que la suma total no supere el 80% del coste subvencionable; en empresas aplican además los límites de las ayudas "de minimis".
Auto+ reduce la base de la deducción del IRPF
Lo que cobres de Auto+ (o de cualquier otra ayuda pública) se resta del valor de adquisición antes de calcular el 15% de la deducción fiscal. Son compatibles entre sí, pero no se aplican dos veces sobre el mismo euro.